26 de mayo de 2020

Boletín extra #17: Ciberbullying


Ciberbullying


El ciberbullying es un fenómeno de gran importancia por su prevalencia, la gravedad de sus consecuencias y las dificultades que presenta para su prevención y abordaje.  Cuando se produce entre niños, niñas y adolescentes, los efectos pueden ser devastadores, puesto que se derivan del uso nocivo de tecnologías tan poderosas y cotidianas como Internet y la telefonía móvil. Al alcance del ciberbullying se le conoce como 24/7, que hace referencia a que el potencial de agresión o victimización es de 24 horas los 7 días de la semana.

Concepto: 
El ciberbullying, como lo indica su nombre, son acciones de bullying o matoneo que se realizan de manera cibernética, es decir, por medio de las TIC. Se entiende como la difamación o agresión a un miembro de la comunidad educativa por medios digitales, como el correo electrónico (e-mail), Messenger, Facebook, YouTube, Twitter, y demás redes sociales.


Cuando un estudiante, desde el computador del colegio, casa o un café internet o utilizando el teléfono celular, se refiere a un compañero, un docente, un directivo, administrativo u otras personas, en términos insultantes, ofensivos, denigrantes, etc. surge una triple responsabilidad: civil, penal y constitucional, que involucra de manera diferente a tres actores: el estudiante agresor, sus padres y el Colegio.

Tipos de ciberbullying
  • Hostigamiento: Cuando se envían mensajes, imágenes o videos denigrantes a una persona.
  • Exclusión: Cuando se usan entornos públicos para acosar repetidamente o mandar comentarios despectivos o rumores difamatorios con el fin de provocar una respuesta expansiva.
  • Manipulación: Cuando se utiliza la información encontrada en las plataformas (como en las redes sociales) para difundirla de modo inadecuado, o cuando se accede con la clave de otra persona y se realizan acciones que pueden perjudicar su nombre.
¿Qué derechos se vulneran cuando se hace ciberbullying?

Entre los derechos que tienen las personas, son pertinentes en este caso los derechos a la intimidad, al buen nombre y a la honra, consagrados en los artículos 15 y 21 de CPN. Según estas normas, las personas, tienen derecho a que sus asuntos privados o personales no sean conocidos por terceros sin su consentimiento o que si lo fueren conocidos por alguien (por ejemplo un médico) no sean difundidos. Ese es el derecho a la intimidad. Además las personas tiene derecho a su buen nombre y a la honra, que es la reputación que alguien se ha ganado en su entorno social en función de su conducta, así como la rectificación en condiciones de equidad (art. 20 de CPN).

Lo jurídico y lo ético

En consecuencia, la intimidación por internet resulta violatoria de la dignidad humana y particularmente de los derechos a la intimidad, al buen nombre y a la honra de la persona afectada.

Además de una implicación jurídica, también está el tema ético, el cual es de gran importancia y esta ligado con los valores y principios que tenemos como seres humanos, los cuales se ven reflejadas en nuestro comportamiento y actitudes: esas cosas no se hacen por principio moral.

Estos dos aspectos definen los siguientes tipos de responsabilidad:

  • Responsabilidad civil
Es la obligación de asumir el pago de la indemnización por los perjuicios ocasionados a las personas o a las cosas. El perjuicio o daño puede ser patrimonial (daño emergente y lucro cesante) o extra patrimonial (perjuicio moral), termina siendo un problema de dinero.

  • Responsabilidad penal
Es la obligación de asumir el pago de multa, o incluso condena, prisión o arresto por haber cometido un delito, también llamado “hecho punible”. La fiscalía investiga y acusa, luego un juez dicta la sentencia. En este sentido, está en juego la libertad de la persona.

  • Responsabilidad constitucional o por tutela
Es la obligación de rectificar en condiciones de equidad, por toda la información que no sea veraz o imparcial, o que viole la intimidad de una persona. Si no se rectifica, procede a una acción de tutela. La rectificación consiste en publicar por el mismo medio y con igual despliegue, la información veraz e imparcial. Se trata de restablecer los derechos de las víctimas.

Se puede ser responsable de las tres sentencias

Es importante señalar que estas tres responsabilidades son independientes y compatibles entre sí. En consecuencia, con un solo acto se compromete tres veces la responsabilidad del agresor, y la victima puede defender sus derechos en uno, dos o tres escenarios (civil, penal y constitucional).

Ahora bien la retractación del agresor extingue la responsabilidad penal y constitucional, pero no la civil; vale decir que de todos modos pagaría el dinero de la indemnización de los perjuicios ocasionados.



PREGUNTAS DISCUSIÓN:

En el taller anterior vimos los riesgos, recomendaciones y comportamiento en redes, después de leer la información sobre ciberbullying responde las siguientes preguntas junto con tus padres:
  1. ¿Conoce o ha conocido víctimas o victimarios de amenazas por internet?  ¿En qué consisten esas amenazas?
  2. ¿Si usted amenaza sabe que responsabilidades debe afrontar?
  3. ¿Creen ustedes que por ser menor de edad no debe afrontar sanciones?
  4. ¿Qué consecuencias tiene para los padres que su hijo (a) realice amenazas por internet o cualquier persona ya sea o no pertenece al colegio?
  5. Que comportamientos y actitudes nos ponen en riesgo de convertirnos en victimas del ciberbullying?
  6. ¿Qué debo hacer si soy víctima de las amenazas por internet?
  7. ¿Cuál es nuestro compromiso para con el Colegio y sus integrantes frente al tema de amenazas por internet
¿Qué hace falta para elaborar un código de conducta para el ciberespacio?

En el momento de redactar un decálogo que reglamente cualquier conducta o comportamiento, son muchas las cosas que deben tenerse en cuenta. Se han escrito decálogos del estudiante, del maestro, del escritor, del fotógrafo y, por supuesto, los célebres diez mandamientos. 

Tarea para los padres: 
Reflexione en torno a las siguientes preguntas
  1. Si usted fuera a reunir unas normas de comportamiento para el uso de Internet por parte de sus hijos, ¿cuáles son las principales situaciones problema que, en su opinión, deben ser reguladas? Mencione 5.
  2. ¿Cuáles serían las principales cinco normas de comportamiento en Internet que usted difundirá?
  3. Compromisos que adquiere en el grupo en la aplicación de normas en el ciberespacio.
Tarea para estudiantes:


Aunque todas las recomendaciones en los comportamientos digitales son muy importantes, es evidente que la mayoría de personas no los conocen y no los tienen en cuenta. Con frecuencia son reenviados correos o mensajes donde se atenta contra la dignidad de una personas, se ve como una oportunidad de enviar rápidamente algún mensaje que contiene aspectos en contra de otros. También en las redes sociales frecuentemente se observa que las personas envían información confidencial y comparten públicamente fotos y aspectos de su vida personal. 
Creo que tenemos una tarea como ciudadanos digitales de hacer uso de las TIC como una estrategia de promoción de estos comportamientos  haciendo del Internet un medio de cultura y respeto.

Para comprometernos como ciudadanos digitales, elabora un cartel haciendo campaña del buen uso del internet y las redes sociales, publícalo y compártelo con tus compañeros.


No olviden responder las preguntas en el cuaderno y enviar las evidencias (incluyendo el cartel o mensaje publicado) a orientación, WhatsApp 3182362602


Por último, para tener en cuenta, conozca las pautas de acción para una efectiva atención escolar frente a este fenómeno que cada vez tiene más presencia en el entorno escolar, llamado Cyberbullying:
  • Pide ayuda y / o denuncie, informa oportunamente a orientación, coordinación y a las autoridades
  • Nunca respondas a las provocaciones.
  • No hagas presunciones.
  • Trata de evitar aquellos lugares, sitios, páginas o redes en los que sufres acoso.
  • Protege tu privacidad, evita intrusos, reconfigura las opciones de privacidad de las redes sociales, comprueba qué tanta información tuya has subido a internet, repasa la información que publicas y la lista de contactos que tiene acceso a tus posts, comunica a tus contactos si observas algo inapropiado, ejerce el derecho a la protección de datos personales.
  • Guarda las pruebas del acoso (toma una captura de pantalla y guarda la imagen).
  • Trata de hacer saber a quienes te acosan que lo que están haciendo te molesta y pídeles sin amenazas que dejen de hacerlo y hacerles entender que lo que están haciendo es perseguido por la ley (Decreto 21 de 2008).
  • Toma medidas legales, obtén más información y denuncia enteprotejo.org, www.policia.gov.co,  www.delitosinformaticos.gov.co.
Para comprender mejor el tema,  puedes ver junto a tu familia este cortometraje No juegues conmigo y también la película Ciberbullying


Milena Giraldo
Orientadora escolar JT.

3 comentarios:

  1. Colaboremos a mejor todo para cambiar
    leidypatriciaosoriogonzalez@rodrigodetriana.edu.co 601

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  2. hay que tener mucho cuidado con eso
    samueldavidalbinovasquez@rodrigodetriana.edu.co

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